SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0255/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0255/2013-L

Fecha: 25-Abr-2013

II.1.

II.1.    Mediante memorial presentado al Juzgado Décimo Segundo de Partido Civil y Comercial, el 26 de julio de 2008; Limdbergh Ulloa Balcázar en representación de Martha Langenbacher Gómez de Ulloa, solicitó se cite y emplace al demandado, Humberto Vidaurre Castillo, representante legal de la Empresa EMPSACRUZ S.R.L., de acuerdo al art. 319 inc. 2) del CPC; para que a tercero día de su legal citación comparezca para reconocer o negar las firmas estampadas en los documentos de préstamo señalados, en virtud del art. 19 de la Ley de Abreviación Procesal Civil y Asistencia Familiar (LAPCAF), con prevención de dársela por reconocida en caso de inconcurrencia, señalando para tal efecto como domicilio procesal del demandado la calle Republiquetas 289, esquina Cochabamba; siendo señalada la misma dirección como el domicilio del demandante (fs. 32 a 35 vta.).