SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0255/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0255/2013-L

Fecha: 25-Abr-2013

II.13.

II.13.  El 6 de diciembre de 2010, Humberto Vidaurre Castillo, ahora accionante, presentó recurso de apelación ante el Juez Décimo Segundo de Partido Civil y Comercial, haciendo hincapié nuevamente en “que de la revisión del expediente se puede inferir que el Domicilio en el cual fui citado con el Emplazamiento a reconocimiento de firmas es ajeno al mío o al de la empresa EMPSACRUZ S.R.L., tal cual lo ha confesado el propio demandante en su memorial de fs. 68, consecuentemente a parte de ese hecho todo el proceso está viciado de nulidad (…) siendo que el Auto de Rechazo de incidente me esta causando grave agravio, apelo del mismo, solicitando a su autoridad sea elevado el mismo ante la autoridad competente a fin de que el Tribunal de Alzada revoque el Auto de fecha 14 de octubre pasado, y en definitiva se pronuncie anulando obrados hasta antes de la Citación con la demanda y Auto de emplazamiento a reconocimiento de firmas, debiendo elevar el expediente en original a efectos de que el Tribunal de Alzada tenga todos los elementos correspondientes de ley para su resolución…” (sic) (fs. 206 a 207).