SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0255/2013-L
Fecha: 25-Abr-2013
II.7.
II.7. Cursa informe evacuado por el Oficial de Diligencias del Juzgado Décimo Segundo de Partido en lo Civil y Comercial, en el cual manifiesta que dentro del proceso ejecutivo contra Humberto Vidaurre Castillo “cabe informar que en fecha 9 de Marzo del 2009 hrs. 8:30 AM me constituí en el domicilio de la Empresa demandada ubicado en la calle Republiquetas esquina Cochabamba No 289 al llegar al lugar me atendió la señorita Secretaria y me indico que el Sr. representante de la Empresa no se encontraba por lo que procedí a dejarle el aviso judicial correspondiente indicándole que volvería al día siguiente a la misma hora (10/03/09 a hrs. 8:30) regresé al otro día y nadie salió a mi llamado por lo que me retire del lugar” (sic) (fs. 53).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2.Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. Obligación de proveer los recaudos necesarios cuando se conceda la apelación
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 23
- CONFIRMAR