SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0256/2013-L
Fecha: 25-Abr-2013
I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
Mariela Gutiérrez Vásquez, Jueza de Instrucción Mixta y cautelar de Villamontes, presentó vía fax los antecedentes de la Sentencia 01/2011 de 5 de agosto, cursante de fs. 49 a 55, emitida por la Jueza Primera de Partido y de Sentencia Penal de Villamontes -de cuya lectura- se establece que el ahora accionante interpuso la acción de libertad por lo mismos motivos que ahora plantea; y no obstante, tanto él como su abogado no se hicieron presentes en audiencia habiendo procedido inclusive al retiro de la citada acción, lo cual no fue óbice para su celebración que concluyó con el dictado de la resolución del Juez de garantías, que sin ingresar al fondo de la problemática, ante la falta de presentación de documentación probatoria, denegó la misma.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- “no ha lugar a otorgar la Tutela”
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. De la competencia y sus características
- El Juez o tribunal competente para conocer la acción de libertad
- Respecto de la competencia para conocer la acción de libertad
- Modulación a la SC 0756/2011-R de 20 de mayo
- III.3. El debido proceso
- III.4. Las reglas de la recusación en materia penal, a la luz del procesamiento indebido
- III.5.
- Fragmento 20
- III.5.1. Análisis de la competencia del Juez de Sentencia Penal de Yacuiba
- III.5.2. Análisis del segundo acto denunciado como lesivo a los derechos del accionante