SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0256/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0256/2013-L

Fecha: 25-Abr-2013

II.3.

II.3.  Por acta de audiencia de consideración de medida cautelar de 29 de julio de 2011, iniciada a horas 8:00, se tiene que debido a la ausencia injustificada del accionante, fue declarado rebelde de conformidad a lo establecido por los arts. 87 inc. 1) con relación al 89 del CPP, disponiendo: a) El arraigo y la publicación de sus datos y señas en los medios de comunicación; b) Se libre mandamiento de aprehensión para ser conducido ante autoridad jurisdiccional; c) la anotación preventiva de sus bienes; y,  c) La designación del abogado de Defensa Pública, Miguel Ángel Calizaya (fs. 6 a 13).