SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0288/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0288/2013-L

Fecha: 06-May-2013

i)

José Ángel Solíz Gremio, Comandante; Alfredo Fuertes Fuertes, Cajero; y, Juan Pablo Cumali Alvarado, Encargado de Dotación de Uniformes, todos del Colegio Militar del Ejército “Cnl. Gualberto Villarroel”, por informe escrito cursante de fs. 105 a 110, así como en audiencia, manifestando que ellos serían las actuales autoridades de dicha institución militar, señalaron: i) Los ambientes del bazar corresponden al casino de damas y caballeros cadetes destinado a actividades de interacción social del indicado Colegio, instalaciones que a la fecha, fueron desocupados de forma libre y voluntaria por la ahora accionante, quien utilizaba las mismas para su actividad comercial; ii) No cursaría en archivos del Colegio Militar del Ejército, documentación referente a Rosmery León Callisaya; es decir, no existen datos o registros que acrediten su calidad o condición de comerciante en la Institución Militar; iii) Tampoco existiría registro de solicitud alguna de la accionante para adjudicarse los ambientes del bazar; iv) El inmueble que ocupa el Colegio Militar es de propiedad del Ministerio de Defensa, y constituye patrimonio del Estado, por lo que su administración, disposición y uso están regulados por la normativa estatal pertinente; v) Rosmery León Callisaya aduce tener un derecho en base a un contrato de alquiler sobre un bien estatal, mismo que haría sido suscrito por un particular y no por autoridades de la institución antes mencionada, ni del Ministerio de Defensa, y menos dentro de las regulaciones de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (NB-SABS); vi) La supuestamente agraviada, debió agotar la vía ordinaria de defensa antes de interponer la presente acción de defensa; vii) La accionante no justificó mediante prueba idónea estar ante un inminente daño irreversible o irreparable;