SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0383/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0383/2013-L

Fecha: 28-May-2013

III.5. Análisis del caso concreto

En el caso en examen Gabino Silvestre Miranda, sostiene que el Gobernador del Departamento Autónomo de Oruro, al haberlo cesado en sus funciones por memorándum de 31 de diciembre de 2010, vulneró sus derechos constitucionales, pues no consideró el hecho de que su persona tiene un grado de discapacidad, por lo que no podía ser retirado de las funciones que cumplía. Al haber obrado de tal manera, al margen de conculcarse sus derechos, su familia se ha visto privada de acceder a una fuente de ingresos que le permita vivir dignamente, finalmente porque las peticiones de reincorporación que efectuó, no obtuvieron respuesta alguna.

Antes de ingresar al análisis de fondo, es necesario referirnos al principio de subsidiariedad alegado por los personeros de la autoridad demandada, en el entendido de que el accionante debió impugnar el memorándum de destitución, a través de los recursos administrativos de revocatoria y jerárquico antes de acudir a la jurisdicción constitucional. Tal argumento como se expresó en los Fundamentos Jurídicos precedentes, no puede ser considerado, toda vez que, los derechos denunciados como lesionados corresponden a un sector vulnerable, que merecen atención y protección prioritaria, por lo que conforme a la uniforme línea jurisprudencial, dicho presupuesto constitucional sucumbe en el presente caso, dando lugar al análisis de fondo de la problemática expuesta, aplicando la llamada excepción al cumplimiento del principio de subsidiariedad.