SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0552/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0552/2013

Fecha: 15-May-2013

El art. 109.II de la CPE

El art. 109.II de la CPE, establece que los derechos y sus garantías sólo podrán ser regulados por la ley, esto supone una restricción respecto al Órgano que tiene competencia para emitir leyes, por cuanto como ya se precisó únicamente el Órgano Legislativo es el competente para emitir leyes que desarrollen los preceptos o derechos fundamentales previstos en la Constitución.