SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0552/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0552/2013

Fecha: 15-May-2013

Fragmento 15

Por mandato del art. 109.II de la CPE, los derechos y sus garantías sólo podrán ser regulados por la ley, de tal manera, que corresponderá únicamente al Órgano Legislativo mediante la Asamblea Legislativa Plurinacional el emitir leyes que desarrollen los preceptos o derechos fundamentales -en su sentido material sin alterar su núcleo esencial- contenidos en la Norma Suprema y a su vez imponer sus límites; constituyéndose esta atribución en una restricción frente a otros Órganos que pretendan regular derechos cuando esto sólo puede realizarse a través de una ley.