Debe precisarse que la accionante denuncia que los ahora demandados, suscribieron la Resolución Municipal 0116/2012 de 31 de agosto, a través de la cual, los suplentes sin estar habilitados, la suspenden a pesar de estar en estado de gestación. Ademá
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Debe precisarse que la accionante denuncia que los ahora demandados, suscribieron la Resolución Municipal 0116/2012 de 31 de agosto, a través de la cual, los suplentes sin estar habilitados, la suspenden a pesar de estar en estado de gestación. Ademá

Fecha: 17-Jun-2013

En este marco, de acuerdo a la problemática planteada en la presente acción de amparo constitucional, corresponde analizar la naturaleza jurídica de las y los servidores públicos electas o electos

En el marco de la normativa imperante, el ejercicio de la función pública puede tener génesis en cargos electivos, designaciones o por libre nombramiento, entre otras. En este marco, de acuerdo a la problemática planteada en la presente acción de amparo constitucional, corresponde analizar la naturaleza jurídica de las y los servidores públicos electas o electos.

De acuerdo a lo mencionado, es preciso señalar que según el art. 1 de la CPE, Bolivia se constituye en un Estado Democrático, postulado a partir del cual, el art. 11 de la citada normativa, consagra la adopción de una forma de gobierno democrática participativa, representativa y comunitaria, con equivalencia de condiciones entre hombres y mujeres; asimismo, en el parágrafo segundo de la citada disposición constitucional, se establece en su numeral segundo, que la democracia se ejerce de manera representativa, por medio de la elección de representantes por voto universal, directo y secreto, conforme a ley.