DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2013

Fecha: 05-Jun-2013

donde las posibilidades de retorno dependen de la actitud de cambio y arrepentimiento que demuestre el infractor, cabe aclarar que dicha solicitud puede ser negada en casos muy graves.

Según mencionan las autoridades, en la vivencia de las comunidades de Zongo, no se ha llegado a expulsar a “miembros”, mencionan que esta sanción se aplica a casos que afectan gravemente a las comunidades, donde las posibilidades de retorno dependen de la actitud de cambio y arrepentimiento que demuestre el infractor, cabe aclarar que dicha solicitud puede ser negada en casos muy graves. Respecto a la expulsión de empresas, el parágrafo II del art. 112 del estatuto provincial, establece que las empresas en caso de expulsión, no tendrán  derechos a los reclamos, ya que su expulsión será dada por incumplimiento del procedimiento señalado.