DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2013

Fecha: 05-Jun-2013

II.11.

II.11.  Asimismo, de acuerdo al informe técnico TCP/ST/UD/Inf. 007/2013, el Tribunal Constitucional Plurinacional, debe dar el siguiente enfoque a sus procedimientos constitucionales vinculados a la consulta, desde el enfoque tetraléctico de la chakana (querer, saber, hacer y poder) : a) En la etapa del querer se concentran los principios rectores de la consulta que guían la etapa de presentación admisión de la misma, a cuyo efecto, las prácticas deben contemplar lo siguiente: la oralidad, la flexibilidad de procedimientos, el carácter comunitario de las prácticas y procedimientos propios de la Justicia Indígena Originaria Campesina, los usos, costumbres y conocimientos ancestrales, el consenso o solución fraternal de los conflictos internos o externos, destinados a la búsqueda del restablecimiento de la armonía y el equilibrio al interior de la comunidad y con otras comunidades. b) En la etapa del saber, es la etapa que nutre a la Sala Especializada de información multidisciplinaria y plural para la admisión y desarrollo de la consulta. c) La etapa del hacer, en la cual deben lograrse un dialogo intercultural a través de audiencias públicas de los magistrados de la Sala Especializada con las autoridades indígena originario campesinas; y, d) La etapa del poder, que es la etapa de resolución o pronunciamiento de la decisión por parte del Tribunal Constitucional Plurinacional.