DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2013

Fecha: 05-Jun-2013

I.1. Contenido de la consulta

Indican que desde hace treinta y cinco años, el empresario minero José Oscar Bellota Cornejo explota la mina ubicada en las comunidades Cahua Grande y Cahua Chico del Valle Zongo, donde se produce “scheelita”, “…en una cantidad aproximada de 40 a 50 quintales, con un costo promedio de cada quintal de Bs6.000 (sic); sin embargo, refieren que esa explotación nunca generó beneficio alguno en favor de la comunidad; asimismo, señalan que tampoco se realizó obras sociales, ni se les otorgó regalías por esa explotación; por el contrario, afirman que José Oscar Bellota Cornejo, aprovechándose de la necesidad y pobreza de los comunarios, viene comprando terrenos agrícolas en grandes extensiones -más de 30 ha-, para luego revenderlas.

Finalizan expresando que en virtud del derecho de petición previsto en el art. 24 de la Constitución Política del Estado (CPE) y en aplicación de lo dispuesto en los arts. 128 y ss. del Código Procesal Constitucional (CPCo), consultan “…la aplicabilidad de la norma constitucional de los Derechos de las Naciones y Pueblos Indígenas Originarios Campesinos: art. 30 Parágrafo I, parágrafo II, numeral 16 de la Constitución  Política del Estado Plurinacional” (sic) en relación con la Ley de Deslinde Jurisdiccional, que en su art. 12.II, establece que las decisiones de las autoridades de la jurisdicción indígena originaria campesina son irrevisables por la jurisdicción ordinaria, la agroambiental y otras legalmente reconocidas.