SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0531/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0531/2013-L

Fecha: 18-Jun-2013

i)

Sin embargo, al margen de las partes esenciales y accesorias, así como la intervención de las personas jurídicas, nuestro ordenamiento jurídico procesal civil, ha previsto y considerado la intervención de terceros ajenos al proceso, siempre que concurran al proceso en determinadas circunstancias, así podemos mencionar las siguientes situaciones que permiten la intervención de un tercero: i) El garante de evicción; ii) Los terceristas coadyuvantes, excluyentes y de derecho preferente; iii) El acreedor hipotecario; y, iv) Los oposicionistas. Quienes intervendrán ya sea de forma voluntaria, obligados por alguna de las partes en algunos caso o finalmente en defensa de un derecho propio.