SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0531/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0531/2013-L

Fecha: 18-Jun-2013

presentando todo medio o recurso que la ley franquee a su favor

Finalmente, sobre la intervención de Teresa Isabel Villarroel de Nostas, en el proceso civil, el entendimiento asumido por el Tribunal Constitucional, en su SCP 1142/2012 de 6 de septiembre, establece que: “…todo aquel que no sea el demandante o demandado, se encuentra facultado de intervenir en el proceso a objeto de hacer prevalecer sus derechos o intereses, presentando todo medio o recurso que la ley franquee a su favor, con la finalidad de que la autoridad judicial tome conocimiento de su pretensión y brinde protección siempre que corresponda” (las negrillas son nuestras).

En consecuencia, se puede concluir que las autoridades demandadas, al haber emitido el Auto de Vista de 9 de junio de 2008 y el Auto complementario de 19 de julio de 2008, con los argumentos expuestos, no han vulnerado derecho alguno  menos  los principios de congruencia y pertinencia, dictando el fallo en atención a los antecedentes del proceso.