SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0739/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0739/2013

Fecha: 07-Jun-2013

bajo ningún concepto los SEDES exigirán otros requisitos que los mencionados

         Asimismo el art. 57 del referido reglamento establece que los trámites por traslado, transferencia, cambio de dirección, cambio de razón social o nombre, cierre temporal o definitivo, se hacen sin costo alguno, ante los SEDES, quienes para fines estadísticos deben, remitir mensualmente la relación de establecimientos autorizados, al Ministerio de Salud y Previsión Social. Estableciendo además que bajo ningún concepto los SEDES exigirán otros requisitos que los mencionados en ese Decreto Reglamentario.