SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0739/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0739/2013

Fecha: 07-Jun-2013

Fragmento 19

         El DS 25235, “Reglamento a la Ley del Medicamento”, en su Capítulo IX “Establecimientos Farmacéuticos”, en su art. 56 señala que los SEDES quedan encargados de la autorización para apertura y funcionamiento de establecimientos farmacéuticos, los Servicios Departamentales de Salud mediante Resolución Administrativa, sin restricción alguna de propiedad y deberán estar racionalmente distribuidos de acuerdo a necesidades de la población, respetando una distancia no menor de 40 m entre una y otra.