Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0739/2013
Fecha: 07-Jun-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante alega la vulneración de sus derechos al trabajo y al empleo, por cuanto la demandada contando con el visto bueno del codemandado negaron su solicitud de traslado de su farmacia bajo una errada interpretación de las normas previstas al efecto y que posteriormente a pesar de haberse emitido un informe por Asesores del SEDES de Potosí el cual también contaba con el visto bueno del codemandado, se sugirió la prosecución del trámite para el cambio de domicilio de su farmacia, sugerencia que no fue cumplida por los demandados. Por consiguiente, corresponde en revisión, establecer si se debe conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3. Excepción a la naturaleza subsidiaria de la acción de amparo constitucional
- III.4. Los derechos al trabajo y al comercio
- Fragmento 19
- bajo ningún concepto los SEDES exigirán otros requisitos que los mencionados
- Fragmento 21
- III.6. Análisis d
- CONFIRMAR