SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0739/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0739/2013

Fecha: 07-Jun-2013

II.2.

II.2. El 22 de noviembre de 2012, mediante CITE 264/12 Jimena Céspedes Gómez, Responsable Departamental de Farmacia y Suministros contando con el visto bueno de Nelson Ticona Calderón, Director Técnico ambos del SEDES de Potosí, rechazó la solicitud de la accionante de 12 del citado mes y año, señalando que de acuerdo a la Ley 1737, DS 25235 y la RM 1522, las farmacias privadas deberían estar racionalmente distribuidas según necesidad de la población, y la georeferenciación de farmacias privadas, la zona del mercado Uyuni esta como zona roja, debido a que existirían varias farmacias, debiendo por ello buscar otro ambiente que cumpla con la distancia de 40 m lineales entre una y otra farmacia respetando su área o zona o considerar zonas donde no existan varias farmacias (fs. 3).