SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0774/2013
Fecha: 10-Jun-2013
Actuación de la Jueza Primero de Instrucción en lo Penal
Si bien la parte accionante en la audiencia de medidas cautelares no impugnó las supuestas ilegalidades cometidas en la aprehensión, allanamiento de domicilio, requisa, falta de asistencia técnica en la declaración del imputado, ilegalidad de la imputación formal presentada en su contra, empero, posteriormente mediante memorial presentado el 1 de agosto de 2012, pidió a la Jueza cautelar ejerza el control jurisdiccional sobre la legalidad o ilegalidad de su aprehensión y sobre los actos investigativos efectuados o no por el Ministerio Público, teniendo como respuesta que respecto a la denuncia sobre la violación de sus derechos y garantías fundamentales, ya fueron resueltos en la audiencia de medidas cautelares, por lo que la petición fue reiterada el 14 del mismo mes y año, que mereció el proveído de 15 de agosto de ese año, en sentido de: “…no ha lugar toda vez que el art. 5 del Código penal establece: 'La ley penal no reconoce ningún fuero ni privilegio personal, pero sus disposiciones se aplicarán a las personas que en el momento del fueren mayores de 16 años'. Por lo que el imputado al cometer el hecho delictivo tenía 18 años de edad conforme consta en fotocopia de la cédula de identidad simple adjunta a fs. 16 del cuaderno procesal…” (sic) (fs. 160 a 164), del que solicitó reposición y no obstante de ello la Jueza codemandada incumpliendo su rol de contralora jurisdiccional, no se pronunció sobre lo impetrado por el accionante como correspondía y manda el art. 54 del CPP, lo que determina se conceda la tutela impetrada, para que dicha autoridad de cumplimiento con la disposición legal citada que le atribuye la dirección judicial del proceso, y que en este caso deberá cumplirlo al haber sido solicitado por la parte accionante.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 17
- III.2. Juez cautelar como encargado del control de la investigación
- III.3. De las solicitudes vinculadas al derecho a la libertad y su vinculación con el principio de celeridad
- salvo que incurrieran en excesos contrariando o alterando esas determinaciones de la autoridad judicial…' (SC 1572/2003-R de 4 de noviembre)
- III.5. El caso en examen
- Fragmento 22
- Actuación de la Jueza Primero de Instrucción en lo Penal
- Fragmento 24
- Con relación a la Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera del Tribunal de Justicia y Auxiliar del Juzgado Primero de Instrucción en lo Penal
- abogada
- conceder
- 2º