SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0774/2013
Fecha: 10-Jun-2013
Con relación a la Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera del Tribunal de Justicia y Auxiliar del Juzgado Primero de Instrucción en lo Penal
Las funcionarias citadas, también han sido demandadas en la presente acción de libertad, señalando que la Secretaria de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz ante su pedido de fotocopias legalizadas, no legalizó las piezas procesales solicitadas entregándole simples, negándole así el acceso a la documentación fundamental para la defensa técnica de su hijo, en franca vulneración al derecho de petición y de la misma forma la revisión de la Resolución de la acción de libertad fue remitida al Tribunal Constitucional Plurinacional después de un mes y tres días después de la celebración de la audiencia. Asimismo, contra la Auxiliar del Juzgado Primero de Instrucción en lo Penal, le atribuyen no haber notificado oportunamente para la audiencia de cesación de detención preventiva; reclamaciones éstas, que deben ser tomadas en cuenta por la autoridad jurisdiccional a efectos de determinar la existencia o no de responsabilidad funcionaria, ya que de acuerdo con la jurisprudencia constitucional, en autos, dichas funcionarias carecen de legitimación pasiva para ser demandadas, por cuanto como personal subalterno, en el que están comprendidos los secretarios, actuarios y oficiales de diligencias, no ejercen facultades jurisdiccionales y de decisión, cuyas actuaciones se encuentran supeditadas a las órdenes del juez quien ejerce jurisdicción (administrador de justicia), además de no encontrarse dentro de la excepción a que hace referencia la jurisprudencia citada en el Fundamento Jurídico III.3 del presente fallo (resaltada en negrillas).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 17
- III.2. Juez cautelar como encargado del control de la investigación
- III.3. De las solicitudes vinculadas al derecho a la libertad y su vinculación con el principio de celeridad
- salvo que incurrieran en excesos contrariando o alterando esas determinaciones de la autoridad judicial…' (SC 1572/2003-R de 4 de noviembre)
- III.5. El caso en examen
- Fragmento 22
- Actuación de la Jueza Primero de Instrucción en lo Penal
- Fragmento 24
- Con relación a la Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera del Tribunal de Justicia y Auxiliar del Juzgado Primero de Instrucción en lo Penal
- abogada
- conceder
- 2º