SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0897/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0897/2013

Fecha: 20-Jun-2013

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Los accionantes consideran que las autoridades demandadas incumplieron los deberes establecidos en el art. 19.II de la CPE, así como los contenidos en los arts. 2 y 3 incs. a) y b) del DS 15790, y los arts. 1; 6; 7 inc. a); 9 incs. b), e), h), i); 23 incs. b) y c) y el art. 28 incs. b), c) y d) del Estatuto Orgánico de COVIPOL aprobado mediante DS 22600, modificado por el DS 26950, constituyendo normas legales en sentido material, además de cumplirse con los deberes contenidos en los arts. 3; 5 inc. a); 10 incs. a), b) y f); y, 18 inc. c) del Reglamento de Préstamos de COVIPOL; debido a que las autoridades demandadas rehuyeron a cumplir con la obligación de darles una solución real a la paralización de las obras -por denuncias de corrupción- del proyecto habitacional “Franco Valle”, del cual los accionantes y sus representados serían adjudicatarios, omisión que les vulneraría su derecho a una vivienda digna.