SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0925/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0925/2013

Fecha: 20-Jun-2013

Capaj Amaya desde la colonia cambiaron el nombre a corregidores auxiliares, en la actualidad con una Resolución del año 2011 se hizo el cambio correspondiente a Sullka Qamachiq,

                       Según el Kuraq Kamachiq, cada marka tiene su propia forma de organizarse, las autoridades originarias dentro de la comunidad de Capaj Amaya desde la colonia cambiaron el nombre a corregidores auxiliares, en la actualidad con una Resolución del año 2011 se hizo el cambio correspondiente a Sullka Qamachiq, al respecto las autoridades de la comunidad señalan:

                       Dentro de los siete ayllus es la misma estructura, de las catorce autoridades máximas chacha - warmi (mallku mayor mallku menor) que hacen un total de 28 autoridades con la misma autoridad, tatas y mama tallas mayores. De los 7 ayllus se elige por muyu para elegir al Kuraq Kamachiq, dentro de esta forma de autoridad ya hay las elecciones de mallkus mayores y menores, tenemos una lista de tres que puedan y tengan experiencia en impartir justicia y que puedan gobernar, esta lista pasa a ser considerada por el consejo. Cada 5 de enero se hace la elección del Kuraq kamachiq, la posesión se hace cada 6 de enero. Posteriormente a esto se hace la elección del consejo de autoridades originarias del Suyu Jatun Quillacas mallkus de 14 markas de las cuales sale una autoridad originaria por comisiones. (Kuraq Kamachiq, Tata Elio Gómez).

                       En relación a la Comunidad de Capaj Amaya la elección de sus autoridades se basan en la lógica de rotación de cargos, donde la persona que asume dichos cargos, necesariamente deben haber cumplido otras responsabilidades además de poseer su terreno, a nivel del ayllu se basa también en el sistema de rotación de cargos por comunidad y por familia, a nivel de la marka, el sistema de rotación va por ayllus y éstos internamente adoptan mecanismos de elección democrática y/o por aclamación, siempre y cuando las autoridades tengan una trayectoria dirigencial desde la comunidad, ayllu y la marka.