SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0925/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0925/2013

Fecha: 20-Jun-2013

III.6.   De las acciones reales, personales y mixtas

         La palabra acción proviene del latín actio, que significa movimiento, actividad o acusación; dicho vocablo tiene también un carácter procesal; así, la acción procesal es concebida como el poder jurídico de provocar la actividad de juzgamiento de un órgano que decida los litigios de intereses jurídicos.