SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0979/2013
Fecha: 27-Jun-2013
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal interpuesto en su contra por la Cooperativa de Servicios de Telecomunicaciones de Tarija (COSETT Ltda.) por la supuesta comisión del delito de estafa y “otros”, se le impuso detención preventiva desde el 9 de febrero de 2010; sin embargo, el 13 de agosto del indicado año, fue beneficiado con arresto domiciliario sin permiso para trabajar, arraigo y prohibición de comunicarse con testigos e imputados en el mismo caso; medidas que fueron cumplidas con rigurosidad; empero, al verse afectada su situación económica solicitó al Tribunal Segundo de Sentencia Penal, la modificación de dichas medidas sustitutivas únicamente con referencia al permiso para trabajar, el cual fue negado en tres oportunidades con argumentos errados a pesar de haber demostrado su paupérrima situación económica y la necesidad de mantener a su familia.
Agrega que, en franca vulneración del art. 398 del compilado adjetivo penal, los Vocales demandados, emitieron el Auto de Vista 59/2012, debido a que conforme establece el citado artículo, los tribunales de alzada deben circunscribir sus fallos a los aspectos cuestionados en la apelación, con ello lesionaron el art. 400 del CPP, puesto que implícitamente estarían modificando el sentido de la Resolución apelada, al pronunciarse de oficio respecto al riesgo de fuga de su persona en previsión del art. 233 inc. 1) y 234 inc. 6) del referido Código, hecho que no fue motivo de impugnación, agravando su situación procesal, habida cuenta que únicamente él, impugnó la Resolución de 17 de abril de 2012.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. Configuración procesal de las medidas cautelares y sus características
- III.3. El principio de pertinencia de las resoluciones y los tribunales de apelación
- Fragmento 17
- en la que expresamente se señaló que no se demostró la existencia de peligro de fuga, sino únicamente de obstaculización.
- Fragmento 19
- un perjuicio para su situación procesal y la definición de su situación jurídica.
- REVOCAR