Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0979/2013
Fecha: 27-Jun-2013
II.3.
II.3. Por Resolución de 17 de abril de 2012, el Tribunal Segundo de Sentencia Penal, declaró sin lugar la solicitud de modificación de medidas sustitutivas interpuesta por el accionante, con el argumento que el contrato de trabajo no tiene sustento legal en cuanto a la personería del contratante, ya que en el testimonio 827/2003, se designa el Directorio sólo por un año y no se presentó un testimonio actualizado para verificar si hubo renovación, además que no consta el Registro de Empresa al que están obligados todos de conformidad al art. 99 del Código de Comercio (Ccom) (fs.7 a 8).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. Configuración procesal de las medidas cautelares y sus características
- III.3. El principio de pertinencia de las resoluciones y los tribunales de apelación
- Fragmento 17
- en la que expresamente se señaló que no se demostró la existencia de peligro de fuga, sino únicamente de obstaculización.
- Fragmento 19
- un perjuicio para su situación procesal y la definición de su situación jurídica.
- REVOCAR