SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0979/2013
Fecha: 27-Jun-2013
I.2.3. Intervención de los terceros interesados
Rodolfo Morales Cortez, abogado de COSETT, en audiencia señaló que: de acuerdo a los principios de honestidad y legalidad prevista en la Ley del Órgano Judicial, el Ministerio Público, presentó otra imputación formal que era de conocimiento del Tribunal Segundo de Sentencia Penal, que efectuó una correcta valoración de la norma, máxime cuando las resoluciones emitidas en medidas cautelares pueden ser revisadas en cualquier instancia, por lo que esta acción de defensa no se constituye en una instancia procesal, ya que no tiene atribuciones ni competencia para dejar sin efecto resoluciones emitidas dentro del marco de la jurisdicción y competencia de acuerdo a la SC 0208/2010-R de 7 de julio, que se constituye en vinculante conforme señala el art. 8 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional (LTCP).
Prudencio Flores Barrancos, representante del Ministerio Público, indicó que es evidente que el legislador ha previsto que el Tribunal ad quem no puede debatir otros aspectos que no sean los impugnados y que no se puede reformar la resolución en perjuicio del apelante cuando éste es únicamente el imputado; empero, la alusión del ahora accionante no es en la magnitud que señala (art. 400 del CPP), puesto que el Auto de Vista 59/2012, si bien en su Considerando Tercero, hace mención a un aspecto que no fue motivo de la objeción, pero que el Ministerio Público hizo constar en reiteradas oportunidades que el accionante tiene otras imputaciones, hecho que fue reiterado por el Tribunal ad quem, y que más parece un defecto procesal de su fallo, el mismo no afecta la situación jurídica procesal del accionante debido a que no se revocó la Resolución del inferior en perjuicio del imputado, máxime si se toma en cuenta que las medidas cautelares siempre son revisables y no causan estado.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. Configuración procesal de las medidas cautelares y sus características
- III.3. El principio de pertinencia de las resoluciones y los tribunales de apelación
- Fragmento 17
- en la que expresamente se señaló que no se demostró la existencia de peligro de fuga, sino únicamente de obstaculización.
- Fragmento 19
- un perjuicio para su situación procesal y la definición de su situación jurídica.
- REVOCAR