Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0645/2013-L
Fecha: 15-Jul-2013
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, a través de su Sala Liquidadora Transitoria, en virtud de lo previsto en el art. 20.II de la Ley 212 de 23 de diciembre de 2011; en revisión resuelve: CONFIRMAR la Resolución 006/2013 de 15 de mayo, cursante de fs. 204 a 207 vta., pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Potosí, y en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada en los términos referidos en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.
- acción de amparo cons+titucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- conceda
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- i)
- 1)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.4.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- 2) Requerimiento para la suspensión condicional del proceso
- Artículo 24º.- (Condiciones y Reglas).
- 9)
- III.3. El debido proceso en materia penal
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 19
- III.4.1. Sobre la actuación del Fiscal codemandado
- III.4.2. Respecto a la actuación del Juez Segundo de Instrucción en lo Penal
- III.4.3. En cuanto a los Vocales de la Sala Penal Segunda
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