SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0645/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0645/2013-L

Fecha: 15-Jul-2013

III.4.3. En cuanto a los Vocales de la Sala Penal Segunda

En lo que concierne al Auto de Vista 001/2010 de 5 de enero, cuestionado mediante la presente acción de amparo constitucional, corresponde señalar que éste se encuentra fundamentado, ratificando los términos esgrimidos por el Juez a quo, en cuanto a la extemporaneidad de presentación de la solicitud de salida alternativa de suspensión condicional del proceso, teniendo en cuenta los art. 301 y 323 del CPP, concordantes entre sí y de los que se colige el establecimiento de que las solicitudes de salidas alternativas deben ser presentadas en vigencia de la etapa preparatoria y no a su conclusión.