SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0645/2013-L
Fecha: 15-Jul-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante aduce la vulneración de sus derechos de petición, a la defensa, al debido proceso en su componente motivación de las resoluciones, a la igualdad y “seguridad jurídica”, por cuanto ante la imputación presentada en su contra solicitó al Fiscal de Materia, la salida alternativa a la suspensión condicional del proceso, mereciendo un decreto escueto, ambiguo y sin fundamento; posteriormente, dicha solicitud fue formulada ante el Juez Primero de Instrucción Cautelar, que denegó la misma; ante ello, apeló la Resolución que -sin fundamento ni valoración de la prueba-, fue confirmada mediante Auto de Vista 001/2010 de 5 de enero. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo cons+titucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- conceda
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- i)
- 1)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.4.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- 2) Requerimiento para la suspensión condicional del proceso
- Artículo 24º.- (Condiciones y Reglas).
- 9)
- III.3. El debido proceso en materia penal
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 19
- III.4.1. Sobre la actuación del Fiscal codemandado
- III.4.2. Respecto a la actuación del Juez Segundo de Instrucción en lo Penal
- III.4.3. En cuanto a los Vocales de la Sala Penal Segunda
- CONFIRMAR