Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1144/2013
Fecha: 23-Jul-2013
CONFIRMAR en parte
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia, de conformidad con el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, resuelve: CONFIRMAR en parte, la Resolución 01/2013 de 27 de marzo, cursante de fs. 96 a 99, pronunciada por el Juez de Partido y de Sentencia Penal de Caracollo, provincia Cercado del departamento de Oruro; y en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada, únicamente con relación al servicio básico de energía eléctrica a efectos de que la EMDECA S.A. garantice su suministro ante el pago regular del servicio.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1 Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La transitoriedad en la tutela constitucional que se brinda en la acción de amparo constitucional por “medidas de hecho” o “vías de hecho”
- se desprende que el accionante debe acreditar que la tutela requerida obedece a una situación de urgencia en la cual existe la inminencia de un perjuicio o afectación a los derechos fundamentales en la cual la tutela no puede ser postergada
- CONFIRMAR en parte