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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1144/2013
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1144/2013

    Fecha: 23-Jul-2013

    I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional

    Al no haber encontrado consenso en Sala, el proyecto de la Magistrada Relatora Dra. Ligia Mónica Velásquez Castaños, de conformidad al art. 30.I.6 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional (LTCP), se procedió a convocar al Presidente del Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia a fin de dirimir con su voto el caso en análisis.

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • b)
    • c)
    • d)
    • e)
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • 1)
    • I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
    • i)
    • concedió
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1 Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • III.2. La transitoriedad en la tutela constitucional que se brinda en la acción de amparo constitucional por “medidas de hecho” o “vías de hecho”
    • se desprende que el accionante debe acreditar que la tutela requerida obedece a una situación de urgencia en la cual existe la inminencia de un perjuicio o afectación a los derechos fundamentales en la cual la tutela no puede ser postergada
    • CONFIRMAR en parte

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