Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0872/2013-L
Fecha: 16-Ago-2013
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 34/2011 de 6 de octubre, cursante de fs. 86 a 90, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Ramón Churata Quispe en representación de la Comunidad “Quiricani” contra Mario Fermín Pilco Quispe, Secretario General de la Comunidad “El Cebollar”; e, Hilarión Mamani Isidro, Secretario sub central “Malavi”.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- “improcedente”
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de
- III.2. El derecho al agua como derecho colectivo fundamental y como derecho difuso fundamentalísimo
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.3.1. Del derecho al agua denunciado como vulnerado
- III.3.2. De los demás derechos denunciados como lesionados
- REVOCAR en parte