SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1063/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1063/2013-L

Fecha: 29-Ago-2013

III.5.1. Exigibilidad de las prestaciones

El art. 20 de la LPabrg, indicaba: “EXIGIBILIDAD DE LAS PRESTACIONES. Las prestaciones de invalidez, riesgos profesionales y muerte deberán ser exigidas en un plazo máximo de treinta y seis (36) meses, contado desde el día en que ocurrió la invalidez o muerte. Vencido dicho plazo, los recursos prescribirán en favor del Estado”.