SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1120/2013-L
Fecha: 30-Ago-2013
fue presentada el
Bajo ése entendimiento es menester señalar que la demanda de amparo constitucional fue presentada el 29 de mayo de 2009 según la hoja de sorteo de fs. 110, siendo admitida por Auto de 30 del mismo mes y año de fs. 111, señalándose día y hora para audiencia el 9 de junio de ese año, que a solicitud de la parte accionante de nuevo día y hora para efectos de la notificación de la autoridad codemandada en el departamento de La Paz, por providencia de 8 del referido mes y año, de fs. 112 vta. se señaló audiencia para el 22 del mismo mes y año, posteriormente a raíz del cambio de las autoridades demandadas, señalamientos de domicilio, notificaciones por edicto, y demás incidencias para efectivizar las notificaciones, el Tribunal de garantías no se percató que las órdenes instruidas y demás notificaciones contenían un señalamiento de audiencia, cuya fecha ya expiró, por lo que la realización de la audiencia de amparo constitucional se encontró a disposición de las partes como de los oficiales de diligencias tanto del tribunal de garantías, como de los juzgados comisionados para ejecutar las ordenes instruidas, en franca vulneración de los arts. 129 de la CPE y 56 del CPCo y causando incertidumbre a los justiciables.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- i)
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 17
- III.2. Presupuestos necesarios para la activación de la acción de amparo constitucional cuando se denuncia la errónea aplicación de normas procedimentales
- III.3. Competencia de los jueces y tribunales de garantías para el conocimiento de la acción de amparo constitucional
- (COMPETENCIA DE JUEZAS, JUECES Y TRIBUNALES)
- Cuando la vulneración fue cometida fuera del lugar de la residencia de la o el afectado se toma en cuenta la competencia de la autoridad judicial en razón del domicilio de la parte accionante”
- III.4.1.
- III.4.2.
- b)
- c)
- III.6. Actuación del Tribunal de garantías
- fue presentada el
- 13 de enero de 2012
- 1º CONFIRMAR