SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1399/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1399/2013

Fecha: 16-Ago-2013

b)

b) Rechazó su solicitud sin valorar adecuadamente las certificaciones o informes presentados en calidad de prueba y sin emitir pronunciamiento alguno respecto a otras pruebas, exigiendo un comportamiento positivo a los imputados en desmedro de la garantía de presunción de inocencia; y, c) En apelación, lo Vocales codemandados no repararon los agravios denunciados incurriendo en los mismos defectos de la Resolución impugnada, pues determinaron que la prueba idónea para desvirtuar el peligro procesal persistente, era aquella que debía emerger de quienes están en contacto con la investigación, vulnerando así el art. 173 del CPP y, pese que se advirtió incongruencia omisiva en la Resolución impugnada, confirmaron la misma, sin pronunciarse respecto a la evasiva respuesta de los investigadores asignados al acaso. En consecuencia, corresponde en revisión verificar si tales extremos son evidentes, a fin de conceder o denegar la tutela impetrada.