SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1399/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1399/2013

Fecha: 16-Ago-2013

II.3.

II.3. El Juez codemandado, por Auto de 11 de marzo de 2013, rechazó la solicitud de cesación a la detención preventiva, argumentando que, los informes emitidos por los miembros de la FELCN, no manifiestan en concreto si los imputados obstaculizaron o no la investigación y, tampoco hacen referencia sobre el comportamiento positivo de los encausados en el curso de la investigación, lo cual denota que dichos informes carecen de claridad y precisión, concluyendo que, el riesgo procesal que fundó la detención preventiva, aún persiste (fs. 99 a 100 vta.).