SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1609/2013
Fecha: 19-Sep-2013
REVOCAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR la Resolución 05/2013 de 31 de julio, cursante de fs. 116 a 123 vta., pronunciada por la Sala Civil, Comercial y Familiar Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro; y en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada, disponiendo la nulidad del Auto de Vista 32/2012 de 30 de octubre, emitida en apelación por la Jueza Primera de Partido de Familia; disponiéndose que la misma autoridad judicial pronuncie nuevo Auto de Vista debidamente fundamentado.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado
- I.2.1. Rechazo de la acción de amparo constitucional
- I.3.1 Ratificación y ampliación de la acción
- Fragmento 5
- I.3.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la improcedencia del recurso de casación contra autos de vista que resuelven en apelación incidentes de nulidad planteados en ejecución de sentencia civil
- III.2. La motivación de las resoluciones como garantía del debido proceso
- III.3. Análisis del caso concreto
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