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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0119/2014
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0119/2014

    Fecha: 10-Ene-2014

    acción de amparo constitucional

    En revisión la Resolución 21 de 30 de julio de 2013, cursante de fs. 374 a 376 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Juan José Guzmán Crespo contra Mario Centellas Camacho, Director General; y, Carlos Arismendi Chumacero, Jefe de Estado Mayor, ambos de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico (FELCN). 

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • 1)
    • concedió
    • I.3. Tramite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 16
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • III.2.  El plazo de caducidad en la acción de amparo constitucional
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • y para el caso de no obtener respuesta acudir en el plazo de seis meses ante la jurisdicción constitucional a fin de que se compulse la amenaza, restricción o supresión al derecho fundamental.
    • REVOCAR

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