SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0062/2014-S3
Fecha: 20-Oct-2014
III.3. Análisis del caso concreto
A través de la presente acción, la accionante denuncia medidas de hecho asumidas en su contra y la de su familia, pues pese a encontrarse desde hace dos años en posesión pacífica y quieta de un terreno ubicado en la comunidad Humaytha, donde vive con su pareja y sus tres hijos menores de edad, los demandados actuaron de forma abusiva, por cuanto en una reunión extraordinaria celebrada el 1 de agosto de 2013, éstos lograron que algunos miembros de la Comunidad firmen un acta donde se dispone su expulsión, dándole el plazo de setenta y dos horas para desocupar su casa; situación que, se agravó cuando intervino el Fiscal de Materia, Juan Rojas Coarety, quien la amenazó para dejar su vivienda para luego privarla de energía eléctrica; asimismo, el 28 de septiembre de igual año, los demandados y otras personas instigadas por ellos, ingresaron a su domicilio sin orden judicial, botando sus cosas a la calle, dejándolas allí junto a sus hijos, los que actualmente se encuentran solos en la Comunidad, estando además su persona amenazada de que si vuelve a Humaytha prenderían fuego a su casa.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Medidas de hecho: Prescindencia de la subsidiariedad y alcance de la tutela
- al comprobarse la lesión de derechos fundamentales por esas vías de hecho, la tutela que se concede tiene naturaleza provisional, hasta en tanto el conflicto que genera las medidas de hecho sea conocido y resuelto a través de las instancias pertinentes dependiendo de cada caso concreto
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.3.1. Sobre las medidas de hecho
- III.3.2. En cuanto a la actuación del Ministerio Público denunciada
- REVOCAR en parte