Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0005/2014-S1
Fecha: 06-Nov-2014
II.6.
II.6. Por Auto inicial de proceso de 29 de abril de 2011 se señalaron los siguientes aspectos: 1) Se evidencia que el investigado infringió las previsiones del Reglamento de Faltas Disciplinarias y sus Sanciones de la Policía Nacional; y, 2) La investigación fue con relación a las faltas al servicio del accionante desde el 15 de febrero de 2009 hasta el 7 de enero de 2011. El 4 de mayo del mismo año, se notificó al accionante con dicho Auto (fs. 4 y 5).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos presuntamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- III.FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El debido proceso
- III.3.
- III.5. Análisis del caso concreto
- 2º CONCEDER