SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0081/2014-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0081/2014-S1

Fecha: 24-Nov-2014

I.2.1. Ratificación de la acción

Los accionantes, a través de su abogado, ratificaron los términos de la acción de amparo constitucional y agregaron que un Notario de Fe Pública, mediante carta de 4 de marzo de 2014, indicó que los accionantes no fueron notificados con el resultado de la reconsideración interpuesta contra la OM 212/2013. Si se desea efectuar el cambio de uso de suelos y plan de planimetría, se debe respetar lo que determina la Ley de Regulación del Derecho Propietario sobre Bienes Inmuebles Urbanos Destinados a Vivienda. No se cumplió la Ley de Municipalidades y se quiso dar otra figura, tratando de aplicar la Ley de regulación antes referida. La reconsideración fue presentada el 17 de septiembre de 2013, sin ningún resultado hasta la fecha.