Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0081/2014-S1
Fecha: 24-Nov-2014
II.2.
II.2. Por Resolución Técnica Administrativa Municipal 024/13 de 18 de abril, el Alcalde Municipal de El Alto, dispuso: i) Aprobar el cambio de uso de suelo de las manzanas A-32 y A-33 de área de equipamiento a área residencial; ii) Aprobar la sustitución de la planimetría de la urbanización Villa Mercedes UV “A”, ubicada en el Distrito Municipal 8 de El Alto -indicando las manzanas y lotes involucrados, entre los cuales no se halla la manzana A-34-; y, iii) Conforme a OM 006/2012, la presente Resolución Técnico Administrativa Municipal debe ser remitida al Concejo Municipal para su homologación (fs. 197 a 202).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- 1)
- i)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 16
- III.1.La subsidiariedad de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 18
- III.2. De los requisitos para solicitar el amparo del derecho a la petición
- debe haber reclamado una respuesta y agotado las vías o instancias idóneas de esa petición ante la autoridad recurrida
- , c) La inexistencia de medios de impugnación expresos con el objetivo de hacer efectivo el derecho de petición”
- Fragmento 22
- Fragmento 23
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR