Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0090/2014-S1
Fecha: 24-Nov-2014
Fragmento 18
Observando que en la problemática planteada, la accionante cuestiona la omisión de las autoridades judicial, fiscal y policial, en la cancelación de sus antecedentes policiales, impetrado en cada una de las instancias indicadas; concierne referirse a casos resueltos por este Tribunal, mediante el conocimiento de acciones de protección de privacidad, cuyas temáticas versaban precisamente, en relación a solicitudes de anulación de los antecedentes aludidos, que iban en desmedro de los derechos de los entonces accionantes protegidos por esta garantía jurisdiccional constitucional.
- acción de protección de privacidad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- “procedente”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- a objetar u obtener la eliminación o rectificación de éstos
- Fragmento 16
- en caso de no obtener una respuesta positiva favorable a su petitorio, y por ende, la reparación de sus derechos, entonces recién quedará expedita la vía constitucional
- Fragmento 18
- III.3. Jurisprudencia emitida por este órgano de constitucionalidad en acciones de protección de privacidad, en las que se denunció la omisión en la cancelación de antecedentes policiales
- la cancelación de antecedentes en actividades de narcotráfico, debe ser mediante orden judicial, adjuntando certificado de antecedentes de la FELCN y del REJAP
- Fragmento 21
- III.4. Análisis del caso concreto
- “procedencia”
- CONFIRMAR