SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0178/2014-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0178/2014-S2

Fecha: 24-Nov-2014

III.6.

El accionante, señala que las autoridades demandadas, vulneraron sus derechos a la vida, salud y al trabajo, toda vez que, el Director del Recinto Penitenciario de San Pedro, no obstante conocer el delicado estado de salud en el que se encontraba, determinó el 5 de junio de 2014, aislarle en la celda denominada “el buzón”, como sanción disciplinaria, por haber llegado al penal una hora y media más tarde de lo establecido; decisión que fue asumida sin haberse escuchado las razones que explicaban su demora, ya que mediante ellas, se le iba a poner a conocimiento de que por una descompensación sufrida, tuvo que hacerse atender de emergencia en el Policlínico 9 de abril, para posteriormente recién retornar al penal a horas 10:30, junto a su custodio policial; asimismo, señala que la indicada autoridad, le privó de su computadora, que la tenía como herramienta de trabajo. Por su parte los Jueces Octavo y Noveno de Instrucción en lo penal, afectaron también sus derechos constitucionales, debido a que emitieron órdenes de salida a su favor, de manera genérica y sin especificar los lugares donde tenía que ser atendido médicamente, situación por la cual, no pudo asistir a sus citas médicas deL 24, 27 y 28 de mayo de 2014, que finalmente ocasionaron la descompensación antes señalada.

Con carácter previo, corresponde indicar, que como en el caso de autos, se denuncia la presunta vulneración al derecho a la vida, corresponde ingresar a conocer de forma directa su posible afectación, sin que sea exigible la aplicación de la subsidiariedad excepcional de este medio de defensa constitucional, en virtud a la emergencia que reviste su tratamiento y resolución, por tratarse de un bien jurídico primario y fuente de los demás derechos del ser humano.