SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0209/2014-S3
Fecha: 04-Dic-2014
Fragmento 3
Ello, a pesar que el 12 de octubre de 2013 (un día antes del examen) hizo conocer en forma personal y en instalaciones del Hospital Policial, al Segundo Vocal del Tribunal examinador, José Luis Blanco Guerra, sobre su delicado estado de salud, quien se comprometió se le tomaría en forma sustitutiva una prueba escrita que jamás cumplió. Por el contrario, Wilmer Javier Andrade, Primer Vocal de dicho Tribunal examinador, empleando violencia psicológica y moral en su contra al ser su subalterno, con trato discriminatorio y displicente fundado en la condición física de obesidad mórbida, se dio a la tarea de descalificar su bajo rendimiento físico, bajo írritos epítetos lesivos a su dignidad. En efecto, el 13 de ese mes y año, fecha en la que se realizó la prueba del examen, pese que respaldado en certificados médicos expresó el riesgo de su salud, se omitió el deber de suspender el examen de educación física, y por ende someterlo a la rendición de prueba escrita, y contrariamente a ello le reprobaron en dicha materia impidiendo su legítimo derecho a ascenso.
- acción de amparo constitucional
- a)
- Fragmento 3
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- Fragmento 6
- Fragmento 7
- Fragmento 8
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- Fragmento 10
- improcedente
- II.1.
- NO DEBIÓ REALIZAR ESFUERZOS NI EXIGENCIAS FÍSICAS
- II.4.
- II.4.1.
- II.4.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y alcances de la Acción de Amparo Constitucional
- III.2. Los actos libremente consentidos como causal de improcedencia
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR