Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0231/2014-S3
Fecha: 08-Dic-2014
III.2.3.
III.2.3. Finalmente, con relación al reclamo de que las autoridades demandadas dieron curso a la petición de liquidación de asistencia familiar presentada por la demandante, sin tomar en cuenta la mayoría de edad de los beneficiarios, manifestar que no obstante que dicho aspecto fue expuesto en el recurso de apelación presentado por el accionante; sin embargo, el Juez de alzada omitió pronunciarse sobre dicho tema, ya que únicamente se hizo referencia a lo siguiente:
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III.1. La revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- sólo resulta exigible
- III.2.1.
- no corresponde manifestarse
- pronunciarse
- III.2.2.
- Cuando se haya omitido arbitrariamente valorar la prueba y su lógica consecuencia sea la lesión de derechos fundamentales y garantías constitucionales
- i)
- III.2.3.
- 2)
- CONFIRMAR en parte