SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0446/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0446/2014

Fecha: 25-Feb-2014

1)

Carlos Guerrero Arraya, Juez Primero de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, en audiencia indicó que: 1) El proceso inicialmente radicó en el Juzgado Décimo de Instrucción en lo Penal, y sería remitido a su conocimiento por recusaciones a la autoridad; es más, la parte imputada ha recusado en dos ocasiones; 2) Dos días antes de la vacación judicial se instaló audiencia para resolver un incidente suscitado, ala cual las accionantes no asistieron; con todo, si bien, se ordenó expedir el mandamiento de aprehensión, no fue librado por estar al límite de la referida vacación; 3) Reiniciada las actividades judiciales, las mismas recusarían a su autoridad; por lo que, al presente, el caso estaría con trámites de notificación con la radicatoria; y, 4) Seguidamente, interpusieron incidente y excepción de declinatoria de competencia en razón de territorio, pretendiendo su remisión del proceso a Santa Cruz; empero, este incidente no se resolvió aún, porque la parte accionante no se presentó a las audiencias; actualmente, la causa se encuentra en el Juzgado Segundo de Instrucción en lo Penal.