SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0446/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0446/2014

Fecha: 25-Feb-2014

II.8.

II.8.  El 21 de enero de 2013, José Álvaro Morales Toledo, formuló: 1. Excepción de actividad procesal defectuosa, con el argumento que fue citado en un lugar que no es su domicilio, y 2. Excepción de incompetencia territorial, señalando que los supuestos actos ocurrieron en Santa Cruz, lugar donde tienen su domicilio tanto los imputados como los denunciantes (fs. 167 y vta.). Por Decreto de la misma fecha, la Jueza Décima de Instrucción en lo Penal, fijó audiencia para el 11 de marzo de dicho año, a efecto de considerar la excepción de incompetencia presentada, así como los incidentes de actividad procesal defectuosa, incidente de nulidad de notificación y audiencia de medidas cautelares (fs. 168).