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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0650/2014
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0650/2014

    Fecha: 25-Mar-2014

    I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

    La parte accionante a través de su abogado, en audiencia se ratificó en el tenor íntegro de su acción y ampliándola señaló que, se ha puesto en consideración  una Resolución de saneamiento simple, la RA-SS 0817/2013 de 9 mayo, que no ha sido notificada a los accionantes, contra la cual es posible interponer una demanda contenciosa administrativa; es decir, no es una Resolución que pueda tener la calidad de cosa juzgada.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
    • I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • a)
    • 1)
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • III.2.  Sobre el debido proceso y los principios de congruencia, y   motivación
    • III.2.1.Sobre la motivación y fundamentación de las resoluciones
    • la exigencia de la motivación de las resoluciones
    • III.2.2.Sobre el principio de congruencia en las resoluciones
    • III.3. Del cumplimiento de los principios constitucionales
    • Fragmento 19
    • III.4.  Análisis del caso concreto
    • los Magistrados del Tribunal Agroambiental, advirtiendo dicha omisión
    • CONFIRMAR

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